domingo, 13 de junio de 2010

Mobbing. El acoso psicológico laboral.

El acoso psicológico laboral, también llamado mobbing, es una de las realidades más duras, y con una mayor capacidad destructiva a largo plazo para quienes lo padecen.
Es un mal que ocurre en un entorno cotidiano, ocupando un gran número de horas diariamente, inflingido por personas conocidas y en algunos casos apreciadas o valoradas (inicialmente), destuyendo a la víctima en múltiples y diferentes esferas vitales, haciéndola dudar de su capacidad personal, profesional y de su cordura.
Conlleva vergüeza, ira, disminución de la autoestima, convencimiento de vivir en un mundo no gratificante...
El acoso laboral ha sido estudiado por diferentes disciplinas cinetíficas como la sociología, la medicina, el derecho, la psiquiatría y la psicología...
La presencia del mobbing se produce tanto en organizaciones públicas como en privadas y especialmente en empresas de medianas dimensiones (50-100) trabajadores...Encuesta europea de la OIT sobre condiciones de trabajo sitúa la tasa en el 9 por 100. A nivel mundial, la OIT cifraba en el año 2000 un volumen de 13 millones de trabajadores. En España la tasa suele situarse alrededor del 10 por 100, aproximadamente en 1,5 millones de trabajadores. Piñuel (2002), en su informe Cisneros II, sitúa el acoso laboral en nuestro país en torno a 2,38 millones de trabajadores (16 por 100 de la población activa).
Bases legales y jurisprudencia. Bien es sabido en el mundo legal que el mobbing ha resultado en los últimos tiempos un vacío importante. En este sentido, no hay en España una legislación especializada para este tipo de suceso, aunque no por ello se ha dejado de apelar a la justicia en defensa de las persona que lo sufren. Durante los últimos años en los que el moobing ha hecho su aparición en el mundo legal, magistrados de toda España se las han ingeniado para crear jurisprudencia a este respecto....
Por otro lado, diversos artículos del Estatuto de los trabajadores se utilizan para defender los derechos de los empleados...El código penal dedica su título VII, del libro II a los delitos contra la integridad moral, sancionando con pena de prisión de seis meses a dos años a quien infringiere a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral (art. 173)...
De:
Miguel Ángel Soria y Elena Garrido.
Manual de psicología jurídica e investigación criminal. (Psicología Pirámide)